Luciana Bártoli es la flamante Defensora Ciudadana de La Plata

Reemplazará a Marcela Farroni, quien en las últimas semanas había manifestado su disgusto por la falta de apoyo del Concejo que, en esta oportunidad, eligió a su sucesora por unanimidad.

Zona Capital 30/12/2024
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“Voy a articular con los organismos y secretarías del Ejecutivo, voy a observar los servicios y el funcionamiento de la Municipalidad”, prometió la dirigente del radicalismo. 

Por unanimidad, el Concejo Deliberante de La Plata designó a Luciana Bártoli como Defensora Ciudadana local, en reemplazo de Marcela Farroni, quien en las últimas semanas había evidenciado su disconformidad por la falta de apoyo al organismo a su cargo por parte del Concejo Deliberante, de quien depende su funcionamiento y control. 

“Todo un desafío. Asumo la responsabilidad con compromiso y convicción y desde allí quiero sumar mi granito de arena a la institución y aportar soluciones y ayuda a los vecinos de la ciudad”, resaltó Bártoli, y agradeció “el acompañamiento de los concejales que discutieron y eligieron entre los postulantes y la confianza de los bloques de Unión por la Patria, UCR + PRO por la Ciudad y PRO”. 

“Voy a articular con los organismos y secretarías del Ejecutivo, voy a observar los servicios y el funcionamiento de la Municipalidad”, advirtió la actual vicepresidenta del radicalismo platense, cuya conducción viene acordando varias iniciativas con la actual gestión comunal de Julio Alak. 

Por otro lado, la licenciada en Comunicación Social por la Universidad Nacional de La Plata sostuvo que recibirá “inquietudes, propuestas, reclamos, quejas, problemas de todo tipo” y “en base al diálogo y al consenso” se encontrarán “las mejores soluciones para los platenses”.  

“Ahora a trabajar por una ciudad más limpia, más linda, más inclusiva, más respetuosa, más moderna, más sustentable, más habitable, más sana y más transitable”, concluyó Bártoli. 

Según la Ordenanza 7854, el Defensor Ciudadano tendrá a su cargo la supervisión de la actividad administrativa del Ejecutivo y los entes descentralizados, cualquiera sea su tipicidad jurídica o actividad principal, y los Juzgados de Faltas. 

Además, extiende dicha fiscalización al obrar de los concesionarios o prestatarios de obras o servicios públicos y de los concesionarios o permisionarios de uso de bienes de dominio municipal, en cuanto ejercen prerrogativas públicas transferidas por el Municipio o gocen de licencias o permisos otorgados por este. 

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