
El Municipio, inflexible con comercios que cortan árboles de manera ilegal

Según informaron desde la Comuna, la empresa deberá reponer las especies arbóreas y abonar la multa, que será definida por la Justicia de Faltas local.
Como se recordará, días atrás, agentes de la Convivencia y Control Ciudadano y la Secretaría de Ambiente también sancionaron, por lo mismo, a Mora Café de City Bell, ubicado sobre la Plaza Belgrano de dicha localidad.
Vale recordar que la Ley 12.276 prohíbe la extracción, poda, tala y daños de ejemplares del arbolado público, como así también cualquier acción que pudiere infligir algún daño a los mismos.
No obstante, hay algunas excepciones:
- Decrepitud o decaimiento de su vigor, irrecuperables.
- Ciclo biológico cumplido.
- Cuando por las causas anteriormente mencionadas se haga factible su caída o desprendimiento de ramas que pudieran ocasionar daños que amenacen la seguridad de las personas o bienes.
- Cuando se trate de especies o variedades que la experiencia demuestre que no son aptas para arbolado público en zonas urbanas.
- Cuando interfieran en obras de apertura o ensanches de calles.
- Cuando la inclinación del árbol amenace su caída o provoque trastornos al tránsito de peatones o vehículos.
- Cuando se encuentren fuera de la línea con el resto del arbolado.
- Cuando por mutilaciones voluntarias o accidentales de diversa índole no se pueda lograr su recuperación.
- Cuando interfiera u obstaculice la prestación de un servicio público.
Ante cualquier duda o reclamo, hay que llamar a la línea municipal 147.



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