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Se oficializó el comienzo del periodo de transición hacia un nuevo esquema, reduciendo los topes máximos de consumos subsidiados para usuarios.
La emergencia del sector eléctrico se dispondrá por medio de un decreto. Contempla ajuste de tarifas e intervención de los entes reguladores.
Actualidad 18/12/2023El Gobierno nacional dispondrá la emergencia del sector eléctrico en los segmentos de generación, transporte y distribución hasta el 31 de diciembre de 2024, dará continuidad a la intervención de los entes reguladores e iniciará el proceso de revisión tarifaria del servicio.
Así se reflejará mediante una Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que será publicado en las próximas horas en el Boletín Oficial, en el que sostiene que existe una efectiva situación de emergencia que debe ser reconocida y así declarada.
"Habiendo evaluado la situación en que recibe el sistema energético y las condiciones que se proyectan a futuro, resulta necesario adoptar medidas de corto, mediano y largo plazo que permitan la continuidad en la prestación de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural, y asegurar el suministro", destaca el texto en sus considerandos.
En consecuencia, el DNU declara en su artículo 1 la emergencia del Sector Energético Nacional en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural.
La declaración de emergencia y las acciones que de ella deriven tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, según sostiene el DNU firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y los demás ministros.
Aumento de tarifas
El artículo 2 instruye a la Secretaría de Energía que disponga el programa de acciones necesarias para la sanción de precios en condiciones de competencia y libre acceso, mantener en términos reales los niveles de ingresos y cubrir las necesidades de inversión, para garantizar la prestación continua de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural en condiciones técnicas y económicas adecuadas para los prestadores y los usuarios.
En ese sentido, determina a través del artículo 3 el inicio de la revisión tarifaria correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural, y establece que la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios resultantes no podrá exceder del 31 de diciembre de 2024.
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Intervención del ENRE y el Enargas
En el DNU también se dispone la intervención del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas), a partir del 1 de enero de 2024 y hasta la designación de los miembros del Directorio que resulten del proceso de selección previsto en el mismo DNU.
Al respecto se faculta a la Secretaría de Energía a designar a los interventores de ambos organismos técnicos, quienes tendrán entre sus funciones encomendadas realizar los procesos de revisión tarifaria y evaluar e informar sobre la gestión de Compras y Contrataciones y eventuales anomalías.
Finalmente, el DNU dispone de un plazo de 180 días para que la Secretaría de Energía inicie el proceso de selección de los miembros de los directorios de ambos entes, de acuerdo con los marcos regulatorios vigentes.
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