Satisfacción por una medida judicial que ordena al Municipio platense a proteger el arbolado público

El Foro en Defensa del Árbol de La Plata manifestó su beneplácito con la sentencia dictada la semana pasada por la jueza en lo Contencioso Administrativo de La Plata, María Fernanda Bisio, en la que ordenó a la Municipalidad a poner en marcha “medidas de protección para con el arbolado público platense”.

REGIÓN02/12/2024
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La demanda fue iniciada en junio de 2022 por un grupo de organizaciones, entre los que se encuentran dicho Foro, Proyecto Arbórea, Vida Árbol La Plata, Defendamos Nuestra Identidad –DNI- y ONG Nuevo Ambiente.

En ese momento, denunciaron “atropellos al arbolado de la gestión anterior” y el pedido “tenía como principal objetivo el cese del daño ambiental al arbolado público por las acciones de poda y tala ilegales que producen un perjuicio ambiental irreversible”.

En agosto de 2022 la jueza dictó una medida cautelar que ordenaba al municipio a que  suspenda de manera inmediata toda actividad de poda y tala sobre el arbolado público, salvo excepciones muy puntuales. No obstante, el Foro denunció que “fue varias veces incumplida por el Municipio”.

Antes de fallar, la magistrada pidió un informe técnico que, según la organización, “da cuenta de podas severas y mal realizadas durante la gestión anterior, cortes de ramas inferiores de gran diámetro, situación que va en desmedro del vigor y sanidad del árbol, y la conclusión que en algunas especies el daño es irreparable, en otras se recuperan con malformaciones y nacimiento de ramas en distintos lugares del tronco, provocando desbalanceo de la posición de las ramas”. 

Finalmente, Bisio firmó su sentencia en la que ordenó “el cese y la recomposición del daño al arbolado público, en los términos en que ha sido peticionado en la demanda, esto es mediante el cumplimiento de los planes, programas y demás acciones establecidos en la normativa vigente”, de acuerdo al Foro del Árbol.

Esto último implica:

a) Plan Regulador integral para el manejo del arbolado público;

b) Censo del arbolado público;d) Creación del Registro de árboles históricos y notables;

e) Plan anual de forestación y/o reforestación;

f) Puesta en funcionamiento del Consejo de Arbolado público;

g) Aplicación de los lineamientos normativos básicos para la intervención del arbolado público.

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