Confirman sentencia por una picada mortal en el Bosque, pero el condenado sigue libre

La Casación confirmó la pena de 9 años de cárcel para Axel D’ Elía por embestir con su auto y causar la muerte de Iván Gómez. La defensa apelará ante la Corte. Por eso el fallo sigue en “suspenso”.

Policiales 04/09/2025
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El máximo tribunal penal de la Provincia, con sede en nuestra ciudad, confirmó la condena de 9 años de prisión para Axel Nahuel D’ Elía por haber embestido, en medio de una picada ilegal en el Bosque platense, al joven Iván Gómez, provocando su muerte. 

 

En su fallo, la Casación bonaerense rechazó el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de D’Elía. El acusado había sido condenado por el delito de “homicidio simple con dolo eventual” tras el juicio oral que se ventiló en el fuero de 8, 56 y 57. 

 

La condena a D’Elía había sido dictada por el Tribunal Oral Criminal N°1 y ratificada por Casación, pero la defensa intentó avanzar con un recurso de inaplicabilidad de la ley que fue denegado en las últimas horas. Ante esto, la defensa anticipó que recurrirá ante la Corte provincial. 

 

El trágico atropello se produjo en la madrugada del 20 de noviembre de 2019, cuando D’Elía conducía a alta velocidad, sin luces y bajo los efectos del alcohol. Según la sentencia, el acusado impactó de lleno a Iván Gómez, un joven de 28 años, estudiante de la Facultad de Informática de la UNLP, que caminaba junto a sus amigos por la zona.

 

Tras la embestida, el acusado intentó darse a la fuga sin asistir a la víctima, pero fue retenido por testigos a pocas cuadras y entregado a la Policía. La víctima murió pocas horas después del hecho en el Hospital San Martín. Era estudiante, deportista, tenía pareja, dos hermanos y era tío de dos niñas pequeñas. 

 

El juicio terminó a fines de 2023 en condena, la que luego quedó firme. El acusado atravesó todo el proceso en libertad, incluso hasta la actualidad. El debate oral estuvo presidido por la jueza Cecilia Sanucci, con la participación de los magistrados Ramiro Fernández Lorenzo y Hernán Decastelli. 

 

D'Elía fue considerado responsable del homicidio simple con dolo eventual, una figura legal que se aplica cuando, aun sin intención directa de matar, una persona actúa con pleno conocimiento del peligro que representa su accionar y, pese a ello, decide continuar.

 

Esta figura ha tomado una considerable notoriedad en los últimos tiempos, siendo adoptada en resonantes casos, como en el expediente seguido a “La Toretto” Felicitas Alvite por el fatal atropello del músico Walter Armand en 13 y 532; o el caso del broker inmobiliario y abogado Maximiliano Insaurralde por el fatídico embiste, en 7 y 49, en el que causó la muerte de la médica Ana Fiorino. 

 

Los testigos coincidieron en que D'Elía manejaba bajo los efectos del alcohol, a altísima velocidad y sin luces, en una conducta que puso en riesgo a todos los presentes en el lugar.

 

La fiscal Viviana Arturi había pedido una pena de 12 años de cárcel y la inmediata detención del acusado. A este planteo adhirieron los abogados Pablo Cuomo y Pablo Conti, quienes además exigieron 16 años de prisión para D’Elía.

En sus últimas palabras, el acusado se limitó a decir que era “inocente” y ni siquiera pidió perdón a la familia de la víctima ni demostró arrepentimiento. 

 

 

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