
Con una fuerte desacreditación a su jefe del bloque de concejales, estalló la interna del Pro platense
Política 02/07/2025Una autoproclamada “Línea fundadora del Pro La Plata” aseguró que Juan Martínez Garmendia no los representa.
En un fallo dado a conocer a Capital24 la dupla judicial Marcelo Martínez De Giorgi y Rafael Ortea Escandón declaró como insuficiente la investigación realizada, deja a todos libres pero encarpetados y abre la puerta a nuevos procesos judiciales contra los sindicalistas y contra la ex interventora de la AFI Cristina Caamaño. Una historias donde los villanos se vuelven héroes, los héroes en villanos o todos se vuelven villanos como en un "Western Spaghetti".
Política 26/12/2023No es una medida inusual, pero el Juez Marcelo Martinez De Giorgi y su colega camarista Rafael Ortea Escandón deja a todos en un limbo judicial: en un fallo del 15 de diciembre al que tuvo acceso Capital24 en la causa “Villegas Marcelo Eugenio y otros S/Inf a los Arts 21, 248 y 293 y arts 42 y 43 Ter de la Ley Federal de Inteligencia N°25.520 y su modificatoria N° 27.126” a Marcelo Eugenio Iglesias, Roberto Gigante, Adrián Patricio Grassi, Julio César Garro (Ex intendente de La Plata), Juan Pablo Allan (ex senador del PRO), Dario Alberto Biorci, Juan Sebastián De Stefano, Diego Luis Dalmau Pereyra, Marcelo Jaworski, Ricardo Alconada Magliano, Guillermo Federico Moretto, Jorge Oscar del Río, Fabián Rolando Cusini y Bernardo Luis Zaslascky, todos ellos mencionados como partícipes de una mesa judicial con espionaje ilegal para encarcelar a sindicalistas de La Plata les fue dictada “la falta de mérito” tanto para procesarlos como para sobreseerlos.
En definitiva, la Cámara consideró que las pruebas eran insuficientes para la acusación pero ordenó que continúe la investigación con lo cual, judicialmente aunque sea un fallo aparentemente favorable para los acusados, los deja siempre a tiro de carpeta para ser nuevamente procesados tal cual lo marca el procedimiento penal: Dicho precepto legal dispone que: “Cuando, en el término fijado por el artículo 306, el juez estimare que no hay mérito para ordenar el procesamiento ni tampoco para sobreseer, dictará un auto que así lo declare, sin perjuicio proseguir la investigación".
El 15 de noviembre de 2017 hubo una reunión clave en la sede del Banco Provincia donde participaron varios de los mencionados en la causa, todo ello fue video filmado y allí se habló de armar procesos judiciales para detener el accionar de sindicalistas de La Plata, especialmente contra Juan Pablo “Pata” Medina.
En la filmación aparecen viejos conocidos del mundo de la inteligencia: Darío Biorci, por aquel momento Jefe de Gabinete de la AFI, Juan Sebastián de Stefano, director administrativo de Asuntos Jurídicos, con importantes vínculos judiciales y con una red de escuchas gigantescas que trascendió gobiernos y al cual “todos los santos le deben una vela“, aseguraron a este medio-. También estaba Diego Dalmau Pereyra, por entonces director operacional de Contrainteligencia, un verdadero peso pesado dentro del sistema de inteligencia nacional, con pasado por lo menos turbio antes de la democracia y reconvertido durante todos los gobiernos, cauto y bien conocedor de las tramas judiciales.
En esa mesa, también participaron Julio Garro, intendente de La Plata de la época, Roberto Gigante, una figura clave del PRO, “un señor armador”, Juan Pablo Allan, por aquella época senador, entre otros.
La video filmación que fue presentada por Cristina Caamaño, interventora de la AFI, había asegurado que los videos que se encontraron en los que se ve a funcionarios de la ex gobernadora María Eugenia Vidal planificar causas contra dirigentes de gremios dejaron en evidencia la existencia de una mesa judicial en Buenos Aires que buscaba "ponerse de acuerdo para destruir el movimiento sindical".
La denuncia fue presentada en el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal número 3 de La Plata, a cargo del juez Ernesto Kreplak, quien dictó el auto de procesamiento contra todos los involucrados y fue el principio del procedimiento que permitió que “Pata” Medina, histórico dirigente de mano pesada de la UOCRA de La Plata fuera liberado.
Ahora, bien el fallo del 15 de diciembre de 2023, que menciona serias inconsistencias en la investigación realizada por el despacho de Kreplak abre nuevamente varias puertas judiciales. Una, de ámbito más local, por el cual, las actuaciones continuarán sobre Medina y otros dirigentes sindicales para establecer si había una red gremial que obstaculizaba el trabajo de empresarios de la construcción esto lo deja bien asentado cuando el fallo de la dupla camarista Martínez De Giorgi - Ortea Escandón asegura que “en ese sentido, trajeron a colación los legajos incorporados al incidente FLP 18933/2021/2 y el expediente administrativo 0021561-0003705-17-000, de los que se desprende la existencia de quejas y reclamos por parte de empresarios frente a ciertas acciones gremiales que podrían situarse al borde de la ilegalidad; y la concepción de cierta protección política en las últimas décadas que tornaban ineficaces los esfuerzos para denunciar los sufrimientos experimentados y la búsqueda de una solución a la problemática. A su vez, se destaca que en el citado expediente administrativo obran diversas declaraciones de personas que no estuvieron presentes en la reunión del 15 de junio de 2017, ni se relacionan con este proceso, pero que no fueron tomadas en cuenta al definirse la situación procesal de los imputados. En ese sentido, específicamente, aluden a los dichos de Hugo E. Timossi (presidente de la Unión Industrial del Gran La Plata), Andrés Fariña, Jorge Martínez, Nicolás Quiroga y Ángel García (trabajadores de la obra "Condominio de calle 12 nro. 378, entre 39 y 40" de la ciudad de La Plata) y que esas manifestaciones fueron soslayadas y sugieren que la situación al momento de los hechos no era simplemente un conflicto gremial, sino que podría haber involucrado aspectos ilegales, que pondrían en jaque la afirmación de una supuesta persecución contra líderes sindicales” y más adelante dice que se necesita investigan “todo el universo de acontecimientos sospechosos de criminalidad que involucran las denuncias acerca del accionar la algunas personas enquistadas en la Seccional La Plata de la UOCRA, e incluso aquellos que forman el objeto procesal de la causa FLP 55652/2017 que, al menos hasta hoy, se encuentra con un sobreseimiento no firme motivado en una sanción procesal que proyectara hacia allí sus efectos la lánguida hipótesis del juez a quo en esta causa, pero que aún no se encuentra concluida debido a la actividad recursiva del Ministerio Público Fiscal".
En definitiva, la llamada “Mesa Judicial” pudo haber sido para los magistrados una especie de llamado desesperado de empresarios contra el accionar delictivo de dirigentes gremiales y no un ataque contra ellos. Una forma extraña de interpretar lo que el video muestra, donde además los empresarios y políticos “podían no saber” que estaban siendo grabados. Por lo tanto, la puerta para que muchos de los gremialistas vuelvan a la cárcel está a la vuelta de la esquina.
El otro gran pórtico que abrió el fallo, es el pedido de que la AFI se incorpore a la causa, la presentación de expedientes secretos a fin de establecer de que forma fueron realizadas las filmaciones si fueron ilegales o no y porque fueron reveladas en todo caso con lo cual, ahora el enfoque político del caso recae sobre la ex interventora de la AFI, Alejandra Caamaño que fue quien dio a conocer las observaciones fílmicas: está claro que en la reunión hubo agentes orgánicos de la AFI, pero hay otra jugada más arriesgada, que es quien los filmó si eran agentes que actuaban por su cuenta pero en todo caso se puede adelantar un nuevo procesamiento contra Caamaño, volviendo a la carga sobre el factor por el cual develó las actuaciones.
El fallo dice claramente “la pertinencia de requerir a las autoridades de la AFI que informen acerca de la existencia de un protocolo de actuación por el cual se filmarían esta clase de actos y, en su caso, si se aplicó al caso en estudio. Concluyen en relación a este punto que "Estas circunstancias han sido omitidas por completo en el análisis ... y resultan elementos relevantes tanto para despejar las dudas planteadas en torno a quién pudo haber dado la orden para realizar esa filmación -como con qué fecha y por qué repartición habría sido clasificada, que material se usó y a quien le pertenece, etc.- y así garantizar no solo el adecuado ejercicio del derecho de defensa, sino también el acabado y completo esclarecimiento de los hechos antes de ser pasados por los tamices legales. Pues si se toman porciones o tramos de conducta pequeños y aislados, se corre el riesgo cierto de arribar a conclusiones parciales y que, tal vez, sean erradas. Y eso es lo que pretende evitar una investigación adecuada, profunda y respetuosa de las reglas del debido proceso penal".
Y más adelante destacaron “que más allá de la participación en la reunión (pues, no se probó que hubieran intervenido en la realización de tareas de campo ni en la recolección de información), con los elementos reunidos hasta ahora, no podría catalogársela como acto de inteligencia ilegal. Ello también deberá ser dilucidado con el avance la de investigación”.
Como conclusión del fallo mencionamos que por un lado los investigados quedan en stand by judicial, ni procesados, ni sobreseídos, en los hechos es una forma elegante de mantenerlos libres de acusación, pero siempre “encarpetados”.
Para “Pata” Medina y otros dirigentes, el fallo, los vuelve a exponer a un proceso judicial que los podría enviar a la cárcel en cualquier momento.
Para los empresarios, según el fallo, no está probada la Mesa Judicial, ni su participación en ella, por tanto, se mantienen en una posible posición de “víctimas” de extorsión.
En los pasillos de la AFI se complica más: no se ahonda demasiado en que las filmaciones de los participantes de la reunión fueron realizadas en la gestión macrista, no se sabe si por agentes orgánicos o inorgánicos, aunque en el video está claro que participaron funcionarios de inteligencia. Donde sí, el fallo lastima es en la actuación de Cristina Caamaño, interventora de la AFI en el Gobierno de Alberto, quien dio a conocer las filmaciones que probarían la mesa judicial para encarcelar “piedras en el zapato” para los empresarios de La Plata.
El Juez Ernesto Kreplak, fue demolido por De Giorgi, declarando toda su investigación como insuficiente para procesar o sobreseer a nadie, en un claro, fallo político que revela la fuerte interna judicial que se está jugando en la actualidad en los pasillos tribunalicios.
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